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I.M.M.: (Residuos NO Domiciliarios)

Residuos NO Domiciliarios   

Las empresas, comercios e instituciones de Montevideo deben hacerse cargo de los residuos que generan, los cuales no pueden depositarse en los contenedores de uso domiciliario.

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El primer paso para la correcta gestión de estos residuos es presentar el formulario de declaración de gestión de residuos sólidos no domiciliarios. Esta declaración es una condición previa a la habilitación y reválida de locales comerciales o industriales; luego de tener la declaración aprobada, se debe gestionar la forma en que se trasladarán los residuos, para lo que existen tres opciones:

  • Contratar una empresa transportista debidamente registrada en la IM. Acceda a la lista de empresas transportistas y empresas con volquetas proporcionas por la I.M..Contratar el servicio de la IM para la recolección de residuos no domiciliarios de comercios, industrias, empresas públicas y privadas e instituciones. Para eso debe contactar a la Oficina Comercial, por los teléfonos 1950/4017 o 1950/4018.
  • Realizar el transporte por medio propio. Para ello deberá registrarse en la División Limpieza, mediante el trámite de solicitud de registro de empresas transportistas de residuos, y cumplir con los requisitos establecidos para su disposición final.
  • Las industrias, los locales que tengan más de 200 m2 y los que tengan menos de esa superficie pero manejen residuos riesgosos deben hacer un procedimiento distinto al mencionado anteriormente, que incluye la elaboración de un Plan de Gestión de Residuos Sólidos.

A que se considera residuos no domiciliarios:

  1. Los generados por actividades industriales, comerciales, de prestación de servicios, productivas, educativas, culturales, sociales, sindicales, religiosas, sanitarias, institucionales y de organismos públicos y privados de cualquier índole.
  2. Los generados por las construcciones, reformas, reparaciones y demoliciones de obras de construcción civil, incluidos los obtenidos de la preparación y excavación de terrenos para dichas obras independientemente de su volumen y aún cuando los mismos se generen en casa-habitación.
  3. Los generados en zoológicos, parques y demás lugares de esparcimiento.
  4. Los animales muertos.
  5. Los productos decomisados.
  6. Los generados por actividades de jardinería y poda.
  7. Cualquier otro residuo que por su origen no sea domiciliario.

RESPONSABILIDAD DEL GENERADOR:  El generador de residuos será responsable sobre el origen, características, transporte autorizado y destino de los mismos, y de exigir la documentación pertinente que permita efectuar la trazabilidad en todos los casos.La disposición de los residuos no domiciliarios está regulada por la normativa departamental.

Los comercios, industrias e instituciones que no la cumplan pueden ser sancionados. El incumplimiento a las Normas sobre Gestión de Residuos No Domiciliarios será sancionado con multas de 2 a 350 UR, pudiendo llegar a la clausura de los establecimientos.